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IR Notes 154 – 16 de diciembre 2020
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***Todo el equipo de IR Share desea a sus lectores unas felices fiestas de fin de año. Tras una breve pausa invernal volveremos a encontrarnos con la edición de IR Notes 155 el próximo día 13 de enero de 2021***
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Preguntamos a Aurélie Decker, Directora de la Federación Europea de Servicios a Individuos (EFSI)
Junto con otras tres organizaciones (EFFAT, EFFE, UNI Europa), usted firmó una declaración conjunta solicitando la inclusión de los trabajadores del sector de la atención domiciliaria en los grupos prioritarios para la vacunación contra la Covid-19. ¿Por qué motivo? Debido a la crisis de la Covid-19, el pasado mes de abril ya habíamos adoptado una declaración en la que se pedía un mejor reconocimiento de los empleados de servicios y atención domiciliaria y que se les facilitara el acceso a los equipos de protección individual, incluidas las mascarillas y las batas. Nuestro sector ha sido reconocido en muchos países como un sector esencial para garantizar la continuidad del servicio, sin embargo, no podemos garantizar los EPI a todos los empleados aunque muchos de ellos visitan a ancianos. Por lo tanto, corrían el riesgo de estar expuestos al virus e infectar a las personas a su cargo. Esta nueva iniciativa está vinculada a la estrategia de vacunación publicada por la Comisión Europea, en la que nuestros sectores no se encuentran entre los prioritarios. Lo mismo ocurre en algunos Estados Miembros, como Irlanda, donde los servicios y la atención domiciliaria no se consideran prioritarios, a diferencia del sector de las residencias de mayores. Hemos llevado a cabo un proyecto europeo que muestra un problema real de acceso a los EPI y un problema relacionado con el bienestar en el trabajo debido al estrés que experimentan los trabajadores por estar expuestos al virus y poner en peligro a las personas visitadas. Además, nuestros empleados tienen poca protección contra la pérdida del empleo o el acceso a ciertos aspectos de la protección social, por ejemplo, en España, donde los trabajadores a domicilio no tienen derecho al seguro de desempleo. Con esta declaración queremos llamar la atención de las autoridades sobre nuestro sector y los cerca de 6 millones de empleados (sin contar los casi 3,3 millones de trabajadores no declarados).
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Diccionario europeo de las relaciones sociales Si desea profundizar en la lectura de IR Notes, ponemos a su disposición enlaces al Diccionario Europeo de las Relaciones Sociales publicado por Eurofound y actualizado con regularidad por IR Share, editor de IR Notes. Las definiciones de los términos están disponibles en inglés y se pueden convertir rápidamente por medio herramientas de traducción en línea.
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Es noticia
La inteligencia artificial se convierte en tema del diálogo social
El pasado 30 de noviembre los agentes sociales del sector europeo de las telecomunicaciones (ETNO y UNI Europa) aprobaron una declaración conjunta sobre la inteligencia artificial. Se trata de la primera vez que los agentes sociales europeos a nivel sectorial dedican un texto a este tema. Sus trabajos siguen la estela del acuerdo europeo sobre la digitalización que se aprobó el pasado mes de junio y cuyo capítulo 3 sobre la Inteligencia Artificial consagra el principio de que los humanos deben mantener el control de la IA en todo momento (véase IR Notes 145). Los agentes sociales del sector de las telecomunicaciones subrayan la importancia del diálogo social en el diseño y el despliegue de la inteligencia artificial, en particular en lo que respecta a cuestiones como la recopilación y gestión de datos, la inteligencia artificial ética y las necesidades de desarrollo. La responsabilidad de los agentes sociales “es ayudar a configurar el diseño, el desarrollo y la reglamentación de los sistemas de inteligencia artificial y concienciar a los desarrolladores y usuarios de la inteligencia artificial de las preocupaciones éticas”. Además, “los sindicatos y las organizaciones patronales europeas tienen un papel fundamental que desempeñar en el tratamiento de cuestiones complejas relativas al empleo, la formación, la naturaleza del trabajo, la desigualdad y los sistemas de protección social”. Los firmantes insisten en que “los sistemas de inteligencia artificial deben ser lo más transparentes posible para los trabajadores, para que puedan entender cómo se utilizan sus datos y cómo se toman las decisiones que les afectan. También se trata de estar atento a “los prejuicios algorítmicos y la consiguiente discriminación en el empleo” para que la inteligencia artificial se ponga “al servicio de las personas, no en contra de ellas”. Los firmantes piden a sus homólogos a nivel sectorial que elaboren políticas de capacitación y readiestramiento con el apoyo de los Estados Miembros diversificando al mismo tiempo la contratación de talentos para gestionar la inteligencia artificial. Los gobiernos también deben “estimular los programas de educación y capacitación en inteligencia artificial y la ética de la IA”. Con el acuerdo europeo sobre la digitalización y este acuerdo sectorial, los agentes sociales tienen un importante punto de partida para desarrollar y alimentar el diálogo social en torno a la inteligencia artificial en aras de la transparencia.
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1. Unión Europea
Legislación
Derechos Humanos : El pasado 7 de diciembre, el Consejo aprobó una decisión y un reglamento por el que se instituye un régimen mundial de sanciones en materia de derechos humanos. Por primera vez, la Unión Europea cuenta con un marco que le permitirá dirigirse a las personas, entidades y organismos, en particular los agentes estatales y no estatales, responsables de violaciones o abusos graves de los derechos humanos en todo el mundo, que participen en ellos o estén asociados con ellos y dondequiera que estas violaciones se produzcan. Además de las violaciones graves de los derechos humanos (esclavitud, tortura, ejecución, etc.), el texto abarca otras violaciones o abusos, como la trata de seres humanos, la violencia sexual y de género o las violaciones de la libertad de reunión pacífica, de asociación o de opinión, siempre que sean generalizadas, sistemáticas o de carácter particularmente grave. Las sanciones previstas consisten en la prohibición de entrada en la UE para las personas físicas y la congelación de fondos para las entidades. Además, se prohibirá a las personas y entidades de la Unión Europea que pongan fondos a disposición directa o indirecta de las personas incluidas en la lista (véase el comunicado). > Para saber más: European Parliamentary Research Service, Martin Russel, EU human rights sanctions: Towards a European Magnitsky Act, diciembre de 2020
- Transporte por carretera: La Comisión Europea ha publicado una primera serie de preguntas y respuestas sobre la aplicación de la nueva legislación social de aplicación sobre el transporte por carretera que entró en vigor el pasado 20 de agosto (véase el reglamento 2020/1054 del 15 julio de 2020), en particular en lo que respecta a los tiempos de conducción y las condiciones de descanso de los conductores (véase Mobility package). Este documento será complementado periódicamente por la Comisión Europea y tiene por objeto servir de guía a los conductores, los operadores de transporte y los encargados de hacer cumplir la ley para garantizar que las normas se aplican y supervisan de manera armonizada en toda la UE. La Federación Europea de Trabajadores del Transporte ha acogido con satisfacción esta iniciativa (véase el comunicado).
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Actualidad social
Deber de vigilancia : Se acaba de dar un paso importante en la introducción de un deber de vigilancia aplicable a las empresas europeas que operan en todo el mundo. El pasado 1 de diciembre, el Consejo aprobó una serie de conclusiones en las que se pide a los Estados miembros y a la Comisión Europea que promuevan los derechos humanos en las cadenas de suministro mundiales y el trabajo decente en el mundo (véase el comunicado). El Consejo acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión Europea de presentar un marco jurídico en 2021 para un Plan de Acción de la UE sobre el diseño sostenible de las cadenas mundiales de suministro que promueva los derechos humanos, las normas de diligencia debida en materia social y ambiental y la transparencia. Por último, el Consejo pide a los Estados que intensifiquen sus esfuerzos para aplicar las Directrices de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, incluso mediante planes de acción nacionales que comprendan una combinación de medidas voluntarias y obligatorias. Es la primera vez que se ha alcanzado un consenso de este tipo a nivel de Jefes de Estado y de Gobierno. Como el Parlamento Europeo también está a favor de la acción en este ámbito, el expediente debería avanzar rápidamente. Tanto más habida cuenta de que varios Estados ya tienen una legislación que impone un deber de vigilancia a sus multinacionales, como Francia, o tienen la intención de introducirla, como es el caso de Alemania, donde Hubertus Heil, el Ministro Federal de Trabajo, está obligando al Gobierno a introducir un proyecto de ley a este efecto. También acogió abiertamente las conclusiones aprobadas por el Consejo (véase el comunicado). En Finlandia, el Ministerio de Asuntos Económicos y Empleo nombrará un grupo de trabajo para ayudar a redactar la legislación sobre la conducta empresarial responsable (véase el comunicado). Se trata de una cuestión que será también eje de la revisión de la directiva 2004/95 sobre la divulgación de información no financiera que la Comisión quiere llevar a cabo el año que viene. > Para saber más: European Parliamentary Research Service, Ionel Zamfir, Towards a mandatory EU system of due diligence for supply chains, octubre de 2020.
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Estrategia europea de transporte : El pasado 9 de diciembre la Comisión Europea presentó su Estrategia de movilidad sostenible e inteligente. La estrategia viene acompañada de un plan de acción de 82 iniciativas que guiarán el trabajo de la Comisión durante los próximos cuatro años y se centra en la transformación ecológica y digital del sector para cumplir el objetivo establecido en el pacto verde para Europa: reducir las emisiones en un 90% para 2050 mediante un sistema de transporte inteligente, competitivo, seguro, accesible y asequible (véase el comunicado). En un sector que emplea directamente a unos 10 millones de trabajadores en la UE, la Comisión observa que las condiciones de trabajo son duras y “precarias”. En particular, destaca “las largas horas de trabajo, el tiempo que se pasa fuera de casa y el trabajo mal remunerado”. Estas condiciones de trabajo “se ven agravadas por la falta de respeto de las normas laborales aplicables y la inadecuada supervisión de su aplicación”, añade la Comisión. El organismo europeo considera que “la introducción de normas sociales más elevadas contribuiría directamente a invertir la falta general de atractivo del sector, como se observa actualmente” (párrafo 93). Por ello, prevé “medidas en los diferentes medios de transporte para reforzar el marco legislativo relativo a las condiciones de trabajo de los trabajadores”, garantizando al mismo tiempo “la correcta aplicación de los derechos sociales aplicables (...)” (véase Mobility package). La Comisión procurará “mantener normas sociales elevadas, en particular en el sector de la aviación” (párrafo 94). La Comisión reconoce que la transformación ecológica y digital “-que debe ser socialmente equitativa y justa- no será fácil” (párrafo 109). Hará recomendaciones sobre “las formas de mitigar los efectos de estos acontecimientos en los trabajadores” (párrafo 95). La Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) acoge con satisfacción los compromisos de mejorar las condiciones de trabajo y reforzar la aplicación de la legislación pertinente. Sin embargo, Livia Spera, Secretaria General de la ETF, “lamenta que el plan de acción no contenga ningún detalle sobre cómo se aplicaría este compromiso” (véase el comunicado y la reacción detallada de la ETF). En cuanto a la patronal, la estrategia es apreciada de varias maneras. Es acogida con beneplácito por las organizaciones patronales del sector ferroviario (véase el comunicado de la CER), pero también es denunciada por la organización patronal del transporte por carretera (IRU), que teme la destrucción del sector del transporte de pasajeros en autocar, que la Comisión considera erróneamente, según la IRU, que emite demasiados gases de efecto invernadero (véase el comunicado).
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Diálogo social sectorial
- Relanzamiento europeo : Los agentes sociales europeos de las industrias del metal y la tecnología (Ceemet e IndustriAll Europe) han aprobado una postura conjunta en la que se insta a la Unión Europea y a los Estados miembros a “invertir en una rápida recuperación económica” y “en el futuro de la base industrial europea” (véase el comunicado).
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Jurisprudencia
Aplicación de la directiva sobre el desplazamiento de trabajadores al transporte por carretera : El Tribunal de Justicia ha dictado un fallo relativo a una empresa de transporte ubicada en los Países Bajos que utilizaba conductores que le proporcionaban, en virtud de contratos de fletamento, dos de sus filiales ubicadas en Alemania y Hungría. Esos conductores cargaban mercancías en los Países Bajos para transportarlas a otros Estados Miembros mientras realizaban operaciones de cabotaje en los Países Bajos. La empresa holandesa no los consideraba trabajadores desplazados a los Países Bajos y, por lo tanto, no les aplicaba el convenio colectivo del sector del transporte por carretera. Esa posición fue impugnada por un sindicato signatario del acuerdo que consideraba que se debía beneficiar a los conductores afectados por esos puestos. El Tribunal de Justicia recuerda su jurisprudencia anterior (TJUE, 19 de diciembre de 2019, asunto C-16/18, Dobersberger): “no cabe considerar a un trabajador, a la luz de la Directiva 96/71, como desplazado al territorio de un Estado miembro si la ejecución de su trabajo no presenta un vínculo suficiente con ese territorio” (Posted workers). En el caso de los trabajadores móviles, como los camioneros internacionales, debe evaluarse el grado de intensidad del vínculo entre las actividades que realiza ese trabajador, en el contexto de la prestación del servicio de transporte al que ha sido asignado, y el territorio de cada Estado Miembro interesado. El vínculo con el territorio de un Estado puede caracterizarse por el hecho de que el conductor realiza por sí mismo “operaciones de carga o descarga de mercancías, mantenimiento o limpieza de los vehículos de transporte”. En cambio, un trabajador no podrá considerarse como “desplazado”, en el sentido de la Directiva 96/71, si proporciona prestaciones de carácter muy limitado en el territorio del Estado miembro al que es enviado. Lo mismo se aplica a un conductor que (...) se encuentra en mero tránsito por el territorio de un Estado Miembro. Lo mismo se aplicaría a un conductor que solamente realice transportes transfronterizos desde el Estado miembro de establecimiento de la empresa de transporte al territorio de otro Estado miembro o viceversa. El hecho de que un conductor puesto a disposición de la sociedad neerlandesa “reciba las instrucciones relativas a los servicios que se le encomienden y comience o termine los correspondientes recorridos en la sede de” la empresa neerlandesa “no basta por sí solo para considerar que el conductor de que se trata ha sido «desplazado» al territorio de ese otro Estado miembro si la ejecución del trabajo de dicho conductor no presenta, sobre la base de otros factores, un vínculo suficiente con el mencionado territorio” (TJUE, 1 de diciembre de 2020, asunto C-815/18, Federatie Nederlandse Vakbeweging). > Véase también: El Tribunal de Justicia desestimó los recursos interpuestos por Hungría y Polonia contra la Directiva 2018/957 por la que se modifica la legislación sobre el desplazamiento de trabajadores. El Tribunal declaró que el legislador estaba facultado para alterar el equilibrio de esa legislación sobre la libre prestación de servicios teniendo en cuenta los “objetivos transversales” del Tratado, como son el fomento de un alto nivel de empleo o la garantía de una protección social adecuada (véase TJUE, 8 de diciembre de 2020, asunto C‑620/18, Hungría y asunto 626/18, Polonia así como el comunicado de prensa).
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Sindicalismo
Violencia contra las mujeres : La Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) ha publicado una nueva guía en el lugar de trabajo para luchar contra la violencia y el acoso contra las mujeres en el lugar de trabajo (véase el comunicado) (véase violence and harassment). La guía se basa en los instrumentos establecidos en el Convenio Nº 190 de la OIT sobre la violencia y el acoso en el trabajo y ayudará a los agentes sociales a nivel empresarial y sectorial a elaborar políticas eficaces en el lugar de trabajo para prevenir y eliminar la violencia y el acoso contra las trabajadoras del transporte. En apoyo de su guía, la ETF también está difundiendo varias entrevistas con la doctora Jane Pillinger, experta mundial en igualdad de género y violencia de género en el lugar de trabajo (enlace a los vídeos).
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2. Estados miembros
Alemania
- Estatuto de los “crowdworkers” : El Tribunal Federal de Trabajo emitió un dictamen el 1 de diciembre sobre el estatuto de los trabajadores de plataformas digitales o “crowdworkers”. Según esta decisión, la ejecución efectiva de microtrabajos por los usuarios de una plataforma en línea sobre la base de un acuerdo con un operador (“crowdsourcer”) puede calificarse como una relación laboral. En este caso en cuestión, la plataforma era una plataforma que controla, para sus clientes, la presentación de productos de marca en el comercio minorista y en las estaciones de servicio. Las actividades de control eran realizadas por trabajadores cuya tarea consistía, entre otras cosas, en tomar fotografías de la presentación de los productos y responder a preguntas sobre la visibilidad que se daba a los productos. El contrato que vincula a estos trabajadores con la plataforma contiene un sistema de incentivos que llevó al trabajador en el presente caso a trabajar a tiempo completo. El Tribunal sostiene que debía ser considerado como un empleado.
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Bélgica
- Permiso por nacimiento : El 16 de diciembre el Parlamento belga debe aprobar el proyecto de ley-programa (véase el título 6 del capítulo único) que prevé la ampliación de los permisos por nacimiento tanto para los progenitores como para los co-progenitores a partir del 1 de enero de 2021. Los permisos se ampliarán de 10 a 15 días y antes de subir hasta los 20 días en enero de 2023. Estos días adicionales de permiso por nacimiento se tomarán a libre elección del trabajador dentro de los cuatro meses siguientes al día del nacimiento. Como en la actualidad, la remuneración correrá a cargo de la empresa durante tres días. Los días restantes quedan cubiertos por el seguro médico. Los trabajadores autónomos (véase el título 1 del capítulo 5) se beneficiarán de una prórroga en las mismas condiciones del actual subsidio de paternidad y nacimiento que se introdujo en mayo de 2019.
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Francia
- Salud en el trabajo : Los agentes sociales llegaron a un acuerdo interprofesional sobre la salud en el trabajo. El texto requiere todavía cambios legislativos y reglamentarios. Según la Ministra de Trabajo, “el gobierno se asegurará, al transponer este acuerdo al derecho laboral, de que se respeten su contenido y su equilibrio”. El objetivo principal del acuerdo es reforzar la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Se prevé la creación de un “pasaporte de prevención” para cada trabajador que certificará los cursos de formación seguidos en el ámbito de la salud laboral. El texto también trata de las medidas para reducir el riesgo de que los trabajadores enfermos o víctimas de un accidente de trabajo abandonen el mercado laboral (“prevención de la desintegración laboral”). El acuerdo incluye una sección sobre la calidad de la vida en el trabajo y prevé la “modernización” de los servicios de salud ocupacional interempresariales dando un papel a los servicios médicos locales en términos de exámenes médicos o de reincorporación al trabajo.
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Reino Unido
- Campaña en favor de los derechos sociales :
El Gobierno de Gales decidió lanzar una campaña informativa el pasado 2 de diciembre para alentar a los trabajadores a afiliarse a un sindicato y a las empresas a afiliarse a una organización patronal. “No se trata de una preocupación nueva”, explica Hannah Blythyn, Viceministra de Vivienda y Gobierno Local. “Pero la crisis de Covid-19 y los desafíos que plantea han intensificado la necesidad de actuar ahora”. Recordando su experiencia en el movimiento laboral, la Sra. Blythyn explica “lo importante que es que los trabajadores y las empresas comprendan sus derechos y responsabilidades y los beneficios que puede aportar el acceso al asesoramiento y la representación de expertos”. > Véase también: Campaña lanzada en Escocia por el sindicato Unite para mejorar las condiciones de trabajo y aumentar los salarios en el sector de los cuidados personales (véase el artículo en The National).
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3. Empresas
Comité de empresa europeo
- Falta de consulta: : El Central Arbitration Committee (CAC), tribunal británico especializado en los litigios relativos a las relaciones laborales, en particular los que conciernen a los comités de empresa europeos, emitió un dictamen el 2 de diciembre en un asunto que oponía la dirección del grupo informático americano HP con su comité de empresa europeo, creado con arreglo al derecho británico (y sometido más adelante al derecho irlandés). El comité de empresa europeo considera que no se le informó ni consultó debidamente durante una reestructuración que supuso la reducción de aproximadamente 350 puestos de trabajo en Europa. El CAC dio la razón al comité de empresa europeo e invitó a la dirección a presentar información más detallada en la próxima sesión plenaria. El CAC no ha pedido una suspensión del proceso ni la convocatoria de una reunión excepcional.
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Responsabilidad social
Directrices medioambientales : El 6 de noviembre, el grupo de construcción francés Vinci y su comité de empresa europeo adoptaron unas directrices medioambientales que constituyen “un marco de referencia destinado a limitar los efectos directos e indirectos de nuestras actividades sobre los ecosistemas de los que dependemos”. Las directrices proponen un “enfoque de mejora y progreso continuo”. Uno de sus aspectos más destacados es “capacitar y concienciar” a todos los trabajadores del grupo sobre el medio ambiente. Los resultados de las acciones llevadas a cabo se medirán mediante indicadores que se publicarán en el informe anual del grupo. Estos resultados se presentarán también “con regularidad al Comité Ejecutivo, al Consejo de Administración y al comité de empresa europeo”. Además, “los compromisos en materia de protección del medio ambiente se desglosan dentro de cada división a fin de promover su aplicación y mejora”.
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